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VeriFactu para tiendas: situación actual y aplazamiento anunciado

El calendario de VeriFactu vuelve a estar en revisión. El Ministerio de Hacienda comunicó el 5 de octubre de 2026 su intención de aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes del Reglamento de sistemas informáticos de facturación, para alinearlas con la factura electrónica.

Responsable de una tienda revisa en una pantalla el calendario de adaptación a VeriFactu y los procesos de facturación del TPV.

El aplazamiento está anunciado, pero todavía no está aprobado normativamente. Hasta que una modificación se publique en el BOE, siguen vigentes las fechas actuales: 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto de obligados incluidos en el reglamento.

Qué ha anunciado Hacienda

La comunicación oficial plantea trasladar las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028. El objetivo es hacer coincidir su aplicación con el calendario de la factura electrónica para empresarios y profesionales cuya facturación anual no supere los ocho millones de euros.

Hacienda también anticipa una futura revisión destinada a acercar los ámbitos de aplicación y determinados aspectos técnicos de ambas normativas, teniendo en cuenta los requisitos europeos de reporte digital derivados de ViDA.

Qué fechas están vigentes hoy

La norma consolidada mantiene, por ahora, estos plazos de adaptación de los sistemas informáticos de facturación:

  • Antes del 1 de enero de 2027: contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades incluidos en el ámbito del reglamento.
  • Antes del 1 de julio de 2027: resto de obligados tributarios afectados, entre ellos determinados empresarios y profesionales.
  • Octubre de 2028: fecha anunciada por Hacienda, pendiente de que se apruebe y publique la modificación correspondiente.

Por tanto, una nota informativa expresa una intención administrativa, pero no sustituye a la norma vigente. Las empresas no deberían tratar octubre de 2028 como una fecha definitiva hasta que aparezca el cambio en el BOE y se conozcan su redacción, alcance y posibles disposiciones transitorias.

Qué exige el reglamento de facturación

El Reglamento de sistemas informáticos de facturación exige que los programas garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. La comunicación de Hacienda indica que estas garantías técnicas se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes.

VeriFactu es, en sentido estricto, una de las modalidades contempladas para cumplir el reglamento. Los sistemas de esta modalidad remiten a la Agencia Tributaria un registro estructurado de cada factura en el momento de su expedición. El reglamento también contempla sistemas no VeriFactu sujetos a sus propios controles.

Cómo afecta a las empresas retail

En retail, la adaptación no se limita a añadir un código QR al ticket. Puede afectar a la generación y conservación de registros, la numeración, las anulaciones, las devoluciones, los cierres de caja y la integración entre TPV, administración y facturación.

Qué conviene hacer mientras se confirma el aplazamiento

  • No detener el análisis: el anuncio amplía previsiblemente el margen, pero no elimina los requisitos.
  • Pedir información al proveedor: calendario previsto, alcance funcional, declaración responsable y condiciones de actualización.
  • Inventariar procesos: TPV, facturación, devoluciones, anulaciones, cajas e integraciones.
  • Seguir fuentes oficiales: AEAT, Ministerio de Hacienda y BOE, evitando decisiones basadas solo en titulares.

Avelon Next y la evolución normativa

Avelon Next, como plataforma de gestión retail, conecta la operativa de tiendas, POS, stock y pedidos. El alcance y la disponibilidad de cualquier adaptación normativa deben confirmarse con el equipo antes de comunicarlos como funcionalidad disponible.

Fuentes oficiales y actualización

Contenido actualizado el 4 de noviembre de 2026. Fuentes: comunicación del Ministerio de Hacienda de 5 de octubre de 2026, información de la Agencia Tributaria sobre SIF y VeriFactu y Real Decreto 1007/2023 consolidado.

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